EL ABECÉ DE CÓMO RENEGOCIAR SU DEUDA CON LOS
BANCOS
Conozca
quiénes pueden acceder, desde cuándo comenzaría a regir esta propuesta y qué
beneficios trae.
ECONOMÍA
POR:
PORTAFOLIO
SEPTIEMBRE 15 DE 2017 - 11:47 A.M.
Durante esta semana la Superintendencia Financiera
dio a conocer una propuesta de circular con la que busca que los morosos del
país puedan renegociar sus deudas con las entidades financieras del país.
La medida busca que se modifiquen las condiciones del crédito sin que esto
signifique un reporte en las centrales de riesgo, propuesta que es bien vista
por los banco colombianos y por supuesto por los usuarios
colombianos.
Conozca quiénes pueden acceder, desde cuándo comenzaría a regir
esta propuesta y qué beneficios trae.
¿A quiénes
cobija?
A los deudores con créditos que presenten moras de 30 a 90 días y
demuestren dificultades de fuerza mayor para cumplir los pagos.
En los préstamos de consumo, incluidas las tarjetas de crédito, aplica a
quienes tengan vencimientos de 30 a 60 días; los créditos comerciales y de
vivienda, de 30 a 90 días, y los microcréditos con 30 días. No hay límite en el
número de obligaciones que una persona puede renegociar, siempre y cuando estas
cumplan los requisitos.
¿Qué pasos hay
que seguir?
La persona debe examinar su situación financiera, las razones que lo
llevaron a incumplir y mirar si sus deudas morosas están dentro de los límites
fijados de 30, 60 o 90 días, según el caso.
Luego dirigirse en persona a su entidad para poner en conocimiento su
situación y plantear unas condiciones de pago.
El banco las analizará y definirá si las acoge o le diseña otras opciones
de acuerdo con las actuales condiciones de riesgo y de ingresos que presenta
como deudor.
¿Desde cuándo
empieza?
Algunos bancos ya ofrecen opciones, pero en la segunda semana de octubre,
la Superintendencia Financiera dará instrucciones a sus vigilados para que
renegocien con sus deudores morosos nuevas condiciones, sin que los deba
reportar a las centrales de riesgo.
Es probable que estas le generen un mayor costo por la ampliación de los
plazos y el aumento del riesgo, pero no siempre será así. Los bancos están
obligados a decirle a la persona cuánto le costarán esas nuevas condiciones, y
el cliente, a elegir si se acoge o no.
¿Qué pasa si
se incumple con el nuevo acuerdo?
El banco está en la obligación de reportarlo a las centrales de riesgo, lo
que a su vez implica que se le baja la calificación crediticia al deudor.
La Superfinanciera vigilará cada proceso, para que no se subestime el
riesgo del cliente ni que estos utilicen la medida para dejar de pagar sus
obligaciones. Tenga en cuenta que esta negociación con los bancos no generará
gastos de cobranza prejurídica. Si el deudor no muestra interés en sanear sus
obligaciones, sí se aplicarán esos costos.
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