La pelea que perdió Google con
un comerciante Colombiano.
La Corte Constitucional acaba
de ordenar a Google Estados Unidos, el motor de búsqueda en Internet más grande
del mundo, que debe respetar la legislación nacional en materia de protección de los usuarios y
consumidores por ejercer sus actividades en el país.
Al fallar una tutela, la Corte
dijo que si bien Google Inc. ha manifestado estar amparado por la legislación
estadounidense en materia de libertad de expresión, protección de datos e
infracciones a derechos de autor, estas actuaciones se ven limitadas cuando se
presentan casos de calumnia, injuria y
difamación a través de plataformas que tiene bajo su control.
El pronunciamiento lo dictó la
Corte a la hora de proteger los derechos del propietario de Muebles Caquetá, que
tiene como sede la ciudad de Ibagué y sucursales y Florencia y San Vicente del
Caguán, quien interpuso una tutela luego de que una publicación anónima en la
plataforma www.blogger.com, de
propiedad de Google Inc., afirmara que se trata de un estafador.
En el proceso Google Colombia
Ltda. señaló que no representa los intereses legales ni corporativos de Google
en Colombia, sino solamente “es una agencia de gestión y venta de publicidad de Google,
que tiene tanto personería jurídica como objeto social independiente”.
La Corte dijo que esto no impide
a Google Colombia Ltda. acompañar la gestión del cumplimiento de las órdenes
que se den a Google Inc, “máxime cuando esta última es su compañía matriz y cuenta con
participación accionaria en su filial colombiana”.
Por esa razón, la Corte ordenó
a ambas empresas que, deben haberlo hecho ya, y por ser proveedores de
servicios de telecomunicaciones e Internet en Colombia, “se inscriban en el
registro TIC... con el objeto de ofrecer mayores garantías para la protección
de los derechos de los usuarios y consumidores de servicios de
telecomunicaciones e Internet en el país”.
El
caso
La tutela fue presentada por
este hombre contra Google Inc. y Google Colombia Ltda,asegurando que en
reiteradas ocasiones se había solicitado la eliminación de ese contenido, por
considerar que ha afectado sus derechos, a su familia y a su negocio, sin poder
controvertir las afirmaciones que se hacen en dicho post.
En el proceso, Google Inc. a
través de la firma Gómez-Pinzón Zuleta Abogados, pidió negar la tutela
asegurando que si bien es propietaria de la herramienta www.blogger.com, no es
responsable por la información ni los contenidos redactados y compartidos por
los usuarios en la mencionada plataforma digital, y que por su parte, Google sólo actúa como
procesador de la herramienta y como tal, impone políticas a los
usuarios, más no maneja, controla, ni produce contenidos.
En el fallo, la Corte señaló
que el dueño de Muebles Caquetá está
en una situación de indefensión y que Google Inc, como
propietaria de Blogger, tienen la potestad de eliminar contenido que sea
manifiestamente ilegal e incluso denunciar a su autor.
Además, reseñó que el
demandante acudió a las acciones que le permite la plataforma y que cuando se
busca “muebles Caquetá”, entre los primeros resultados, aparece ese blog, “sin que este pueda hacer algo
para cambiar o revertir esta situación ante la negativa de Google Inc,
en tanto propietario de la plataforma “Blogger.com”, de retirar tal contenido
de Internet”.
“La Sala debe señalar que
aunque Google Inc. ha manifestado que si bien está amparado por la legislación
estadounidense en materia de libertad de expresión, protección de datos e
infracciones a derechos de autor, y que por esta razón se niega a retirar de Internet el blog
acusado, lo cierto es que las actuaciones de terceros en casos de
difamación e imputación de conductas injuriosas y calumniosas tienen como
límite la garantía de los derechos fundamentales de los usuarios de Internet,
en especial, a la intimidad, buen nombre y honra”, explicó la Corte.
Además, señaló que sí hubo “una
afectación a derechos fundamentales basada encomentarios desproporcionados, difamatorios y calumniosos dentro
de un blog creado de forma anónima con tal propósito, el derecho a la
libertad de expresión en Internet debe ceder ante la vulneración de los
derechos fundamentales a la intimidad, a la honra y al buen nombre del
demandado que a continuación se precisarán”.
En ese sentido, ordenó a Google Inc.
eliminar en un mes el citado blog y le advirtió que esto puede
seguir sucediendo mientas no “regule la materia de los blogs anónimos con
contenido difamatorio, desproporcionado, calumnioso o injurioso en la política
de contenidos de su herramienta “Blogger.com””.
Ordenan
regulación
La Corte Constitucional ordenó
al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que cree
una regulación nacional para proteger los derechos de los usuarios de Internet, frente
a publicaciones difamatorias.
La Corte consideró que se debe
crear una normativa que proteja a las personas de publicaciones en la web que
sean “abusivas, difamatorias, deshonrosas, calumniosas e injuriantes, que atenten contra el honor de las
personas en Internet”.
“Dicha regulación deberá
ofrecer asesoría y acompañamiento a las víctimas de esta clase de publicaciones
abusivas ante las plataformas digitales en las que estas hayan sido
publicadas”, dice el fallo.
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